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Relación causal entre trabajo y accidente

Mediante auto n.o 32473 de la Sala de lo Social, de 8 de noviembre de 2021, el Tribunal de Casación declaró querelación causal necesaria entre la actividad laboral y el accidenteel accidente sufrido por un trabajador debe ser compensado por el INAIL.

El caso es el resultado de una apelación ante el tribunal superior por parte del INAIL, que se opuso a la compensación por el accidente de una trabajadora que, después de sellar la tarjeta, fue con las universidades a tomar un café en el bar cercano; Ella resultó herida cuando se cayó y sufrió lesiones en su muñeca.

La Corte di Cassazione (Tribunal de Casación), al pronunciarse sobre el recurso de casación interpuesto por el INAIL, estimó la alegación de que: el mero hecho de que el accidente se haya producido en el lugar y el momento de trabajo, a falta de una relación causal directa entre el trabajo y el riesgo, rompe efectivamente la relación causal entre el trabajo y el accidente. La posibilidad de que el INAIL compense el accidente sufrido por un trabajador, que está expuesto a un riesgo no vinculado a la actividad laboral, interrumpe la conexión entre el accidente y el accidente.

Orden n.o 32473 de 8.11.2021

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