Cargando...

Formación de directivos

PartnersCoop Consultoría Perugia

El Gerente desempeña un papel central en la gestión de la seguridad de la empresa, siendo responsable de la organización y supervisión de las actividades laborales. Su formación, actualización constante y la correcta aplicación de las medidas de prevención son esenciales para garantizar un entorno de trabajo seguro en cumplimiento de la legislación vigente.

El Gerente según el Decreto Legislativo 81/08: Función, tareas y responsabilidades

El Decreto Legislativo n.o 81, de 9 de abril de 2008, conocido como Texto Refundido sobre Seguridad en el Trabajo, regula la protección de la salud y la seguridad en el lugar de trabajo. Entre las cifras clave identificadas por el legislador se encuentran las siguientes: Gerente, una persona que, debido a sus competencias profesionales y a las facultades que se le confieren, aplica las directivas del empleador y organiza el trabajo garantizando al mismo tiempo el cumplimiento de las normas de seguridad.

Definición del Gestor

El artículo 2, apartado 1, letra d) El Decreto Legislativo n.o 81/08 define al gestor como «la persona que, debido a sus competencias profesionales y a sus competencias jerárquicas y funcionales adecuadas a la naturaleza de la tarea que se le encomienda, aplica las directivas del empresario organizando y supervisando el trabajo».

Tareas y Responsabilidades del Gerente

El papel del gerente implica funciones y responsabilidades específicas establecidas por elArtículo 18 del Decreto Legislativo 81/08. En particular, el director deberá:

  • Organización y gestión del trabajo de conformidad con las normas de seguridad;
  • Aplicar las directivas del empleador, garantizar que las medidas de prevención y protección sean eficaces y se apliquen correctamente;
  • Supervisión del cumplimiento de las disposiciones de la empresa y la legislación en materia de seguridad;
  • Formación e información de los trabajadores los riesgos asociados a sus funciones y las medidas de seguridad adoptadas;
  • Cooperar con el empleador y el servicio de prevención y protección adoptar las medidas necesarias para garantizar la seguridad;
  • Informar de cualquier problema o deficiencia crítica de manera oportuna medidas de seguridad y proponer soluciones adecuadas.

No se encontraron artículos.

Obligaciones y sanciones

El incumplimiento de las obligaciones establecidas para el gestor dará lugar a sanciones administrativas y penales. El artículo 55 del Decreto Legislativo 81/08 establece que el Director puede ser castigado con pena de prisión de hasta seis meses o multa de hasta 6 400 euros en caso de no aplicación de las medidas de seguridad previstas por la ley.

Para arriba